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La aprobación de la ley que crea el Espacio Costero Marino de los Pueblos Originarios (Ley 20.249) a fines del año 2007 vino a cerrar una importante ciclo como parte de un proceso sobre la defensa del territorio que se inició en la década de los noventa luego de la promulgación de la Ley General de Pesca y Acuicultura, donde las comunidades constataron que no se les incluyó en su discusión, y –posteriormente- cuando se promulgó el reglamento de AMERB, con el que se da una pérdida sistemática de los espacios de interés cultural. Así, las comunidades lafkenche iniciaron una larga búsqueda de una alternativa de solución, la que finalmente se materializó en la “Ley Lafkenche” y que se establece sobre derechos para todos los Pueblos indígenas.
En este contexto es interesante rescatar algunos elementos de la Ley como proceso y como instrumento jurídico administrativo que sienta un precedente al instalar y poner en discusión conceptos como uso consuetudinario, pueblo y asociación de comunidades y que se complementa con el de normas internacionales de Derechos Humanos y vinculantes constitucionalmente, como es el Convenio 169 de la OIT
Con este sentido, recientemente el Movimiento Por La Defensa del Mar a través de un spot radial y diversas formas de difusión, se refiere a la necesaria implementación y respeto efectivo de la Ley Lafkenche “que da derechos a los Pueblos Indígenas a su biodiversidad, interculturalidad y equidad”, como señalan,
Indican también “Las comunidades Mapuche Lafkenche siempre hemos vivido entorno al mar, respetado sus recursos naturales, promueve la convivencia entre medio ambiente y mar. Agregan “El mar es nuestra identidad, idioma, medicina y alimentación”…